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CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE UN PROYECTO DE ORDENANZA REGULADOR/A DE COMERCIO AMBULANTE.

 

Pueden enviar sus opiniones y sugerencias al correo consultaurbanismo@pilas.es , indicando en el asunto 'Comercio Ambulante'.

 

Fecha de inicio: 29 de Agosto de 2019.

Finaliza: 18 de Septiembre de 2019.

 

Resolución de la Consulta

 

MEMORIA EXPLICATIVA DEL TRÁMITE DE CONSULTA PÚBLICA PREVIA

  1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Pilas cuenta hoy día con una Ordenanza de 1996 que regula esta parcela de actividad comercial. Sin embargo, el actual marco jurídico y las actuales necesidades sociales referentes a esta materia exigen una adecuación.

 

  1. La necesidad y oportunidad de su aprobación.

Desde los últimos veinte años la actividad de comercio ambulante ha ido creciendo y diversificándose. La Ordenanza actual adolece de carencias que ahora pueden ser superadas llevando a cabo determinadas mejoras técnicas y sistemáticas que con la actual normativa andaluza, Decreto Legislativo 2/2012 de 20 de marzo despejó éstas carencias que deben recogerse en una nueva Ordenanza de Venta Ambulante que se pretende redactar.

  1. Los objetivos de la norma.

Las últimas regulaciones sobre la materia traen cambios sustanciales para el ejercicio de la venta ambulante y sobre todo regulan el sometimiento a un procedimiento de autorización cualquier tipo de venta ambulante. Esta necesidad de autorización tiene su fundamento en el uso del suelo público.

Dentro del marco normativo general, que atribuye a los municipios la competencia en materia de mercados, es decir, la gestión y organización del mercado interno, el Ayuntamiento de Pilas desea elaborar una Ordenanza de Comercio Ambulante que sirva de base para regular esta materia en sus diferentes vertientes. Buscará fomentar la convivencia entre las/los las personas comerciantes ambulantes, las personas comerciantes sedentarias y las personas consumidoras y usuarias.

  1. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

 

La cuestión que nos ocupa procede ser regulada por ordenanza porque tiene como destinarias a una pluralidad indeterminada de personas, es susceptible de ulteriores y sucesivas aplicaciones y supone una innovación del ordenamiento jurídico.

El Ayuntamiento considera que es necesaria la aprobación de una nueva ordenanza para adecuar la regulación local al nuevo marco jurídico y a las necesidades sociales.



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