Prestación Servicio Ayuda Domicilio

Prestación Servicio Ayuda Domicilio

Consulta Pública Previa Proyecto de Ordenanza Reguladora del Precio Público por la Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio

Pueden enviar sus opiniones y sugerencias al correo asesoriajuridicapilas@pilas.es

Fecha de inicio: 13 de Mayo de 2021

Finaliza: 26 de Mayo de 2021

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La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula en su Título VI la iniciativa legislativa y la potestad normativa de las Administraciones Públicas.

Su objetivo principal es incrementar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas. Por ello es necesario, cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, sustanciar un trámite de publicación en el portal web de la entidad local.

Dada la regulación actual del precio publico por prestación del servicio de ayuda a domicilio mediante Ordenanza Fiscal y siendo precisa su modificación motivado principalmente por la Resolución de 25 de febrero de 2021 de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía por la que se revisa el coste/hora máximo del Servicio de Ayuda a Domicilio en el ámbito del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía por la que se modifica el coste/hora máximo del Servicio de Ayuda a Domicilio.

Considerado ademas que la regulación del citado precio publico debe de hacerse mediante acuerdo del pleno del Ayuntamiento con información publica o bien mediante ordenanza reguladora en base a la potestad reglamentaria de las entidades locales recogida en el articulo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es por lo que se justifica la derogacion de la ordenanza fiscal en vigor para ser sustituida por la ordenanza municipal que está en proyecto.

Elaborado el texto del proyecto de Ordenanza Municipal reguladora del precio publico por la prestación del servicio de ayuda a domicilio , se publica en el Portal Web este Ayuntamiento [www.pilas.es] al objeto de que los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren puedan hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos indicados con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Poniéndose a disposición de los mismos correo electrónico donde poder indicar las posibles sugerencias al Proyecto: asesoriajuridicapilas@pilas.es