El área de Desarrollo Económico pone a disposición de los vecinos un servicio de asesoramiento para tramitar las solicitudes de ayudas al alquiler 2016

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El área de Desarrollo Económico pone a disposición de los vecinos un servicio de asesoramiento para tramitar las solicitudes de ayudas al alquiler 2016

07/07/2016

Toda la información aquí.


INFORMACIÓN GENERAL SOBRE AYUDAS AL ALQUILER 2016:

- Toda la información está disponible en la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda:  http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda/portal-web/web/areas/vivienda/alquila .

- El periodo de solicitudes es hasta el 5 de agosto de 2016.

- Las ayudas se pueden solicitar online rellenando el correspondiente formulario en la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda.

*El Área de Desarrollo Económico del Ayuntamiento de Pilas pone a disposición de los vecinos que así lo requieran un servicio de asesoramiento para tramitar las solicitudes de ayudas al alquiler 2016.

Para hacer uso de este servicio es necesario:

1. Solicitar cita previa (citas disponibles a partir del lunes 11 hasta el miércoles 27 de julio).
2. Traer rellena la documentación que se facilita junto a la cita previa.
3. Traer a la cita la siguiente documentación/información:
- DNI o Tarjeta de Identidad de Extranjero del solicitante y todos los miembros de la unidad de convivencia, así como su copia compulsada.
- Contrato de Alquiler.
- Datos de la Cuenta Bancaria.
- Cualquier otra documentación mencionada en “Documentación accesoria a aportar en casos especiales”.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA SOLICITAR LA AYUDA AL ALQUILER:

- Anexo I: Está disponible online o puede recogerse de la oficina de Desarrollo Económico del Ayuntamiento de Pilas.
- Anexo II: Está disponible online o puede recogerse de la oficina de Desarrollo Económico del Ayuntamiento de Pilas.
- Contrato de arrendamiento (o contratos si se ha alquilado más de una vivienda en el año en curso).
- Certificado de empadronamiento colectivo (puede solicitarse a través del área de Desarrollo Económico en este caso).
- Copia autenticada (compulsada) del DNI de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Copia autenticada (compulsada) Tarjeta de Identidad de Extranjero expedida por el Ministerio de Interior.
- Certificación de datos catastrales de la vivienda, Documento acreditativo del título de familia numerosa y Declaración de la Renta -sólo es necesario aportarlos si en el Anexo I no se autoriza a la Administración a recabar esos datos-.

DOCUMENTACIÓN ACCESORIA A APORTAR EN CASOS ESPECIALES:

- Encontrarse en riesgo de exclusiónsocial: Informe de los servicios sociales comunitarios acreditativos de la condición de especial vulnerabilidad, o documento acreditativo de haberlo solicitado.
- Desahucio de su vivienda habitual en alquiler: decreto o sentencia judicial de lanzamiento por falta de pago de las rentas o cantidades debidas por la persona arrendataria.
- Desahucio de su vivienda en propiedad: decreto o sentencia judicial de adjudicación por ejecución hipootecaria o escritura pública de transmisión en caso de dación en pago.
- Desempleo (en caso de trabajadores por cuenta ajena): certificado de vida laboral de los miembros de la unidad de convivencia mayores de edad, referido a la fecha de inicio del periodo subvencionable.
- Desempleo en el caso de menores de 25 años que cursen estudios: acreditación de la correspondiente matrícula en un centro oficial, referido a la fecha de inicio del periodo subvencionable.
- Desempleo en caso de trabajadores por cuenta propia: certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por la persona interesada, que debe haberse mantenido durante un periodo mínimo de 3 meses, inmediatamente anteriores al inicio del periodo subvencionable.
- Personas en situación de discapacidad: acreditación documental de estar en situación de discapacidad o autorizar la consulta de sus datos en la Consejería de igualdad y Políticas Sociales.
- Personas en situación de dependencia: certificado de reconocimiento de situación de dependencia, expedida con anterioridad al momento de presentación de la solicitud.
- Personas que han sufrido violencia de género: acreditación documental expedida con anterioridad al momento de presentación de la solicitud.

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