Pedimos a los empresarios que se acojan a la II fase del Pago a Proveedores que lean DETENIDAMENTE esta información.
Requisitos: Los requisitos para poder acogerse a este Plan de Pago a Proveedores pasan por tener facturas pendientes de pago en la relación certificada enviada al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en los térmitos del Real Decreto Ley 8/2013 , que se podrá consultar en el Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Pilas.
Solicidutes: Se puede solicitar según se especifica en el "Artículo 16.2" del citado RDL, desde el 25 de julio hasta el 6 de septiembre de 2013.
Impresos: se pueden solicitar en el área de Intervención del Ayuntamiento de Pilas o en el siguiente enlace:
Anexo I del Documento de ACEPTACIÓN
Fundamentos legales: Real Decreto Ley 8/2013 de Medidas Urgentes contra la Morosidad de las Administraciones Públicas y de Apoyo a las Entidades Locales con problemas financieros .
Observaciones : La solicitud de certificado individual presentada ante la entidad local implicará igualmente la aceptación de acudir al mecanismo de financiación previsto en el Real Decreto Ley 8/2013 .