Con motivo del proceso de descripción y clasificación de los fondos documentales que se viene desarrollando en el Archivo Municipal, se han identificado una serie de expedientes incompletos (principalmente documentos sueltos y proyectos de licencias de obras y de actividades) que, una vez cotejados, han resultado ser copias de originales.
Es por ello que, visto el informe favorable del archivero municipal, se decreta lo siguiente:
1.- En
virtud del artículo 36 del Decreto 97/2000 (de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del
Sistema Andaluz de Archivos, BOJA, núm. 43, del 11 de abril de 2000) el Ayuntamiento de Pilas queda
facultado para la destrucción física de las copias de dichos expedientes , al no estar incluidos
éstos en ninguna de las excepciones previstas en el citado artículo.
2.- Considerando que dichas
copias de expedientes que van a eliminarse pueden ser de interés para sus respectivos titulares, se
va a publicar en la página web del Ayuntamiento de Pilas la relación de copias de expedientes que
van a ser objeto de expurgo.
3.- Se abre un plazo de 20 días naturales , a contar desde la
publicación de esta noticia en la página web del Ayuntamiento de Pilas, para que los titulares de
los expedientes que estén interesados en retirarlos , se pongan en contacto con el Archivo Municipal
de Pilas (teléfono: 955754919 / correo electrónico: archivopilas@pilas.es).
Lo que se hace público, para general conocimiento y efectos oportunos.
Lo manda y firma, el Sr. Alcalde-Presidente, en Pilas, a 20 de junio de 2013.
Jesús María Sánchez González