Subvención para rehabilitación de viviendas y zonas comunes de edificios colectivos

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Subvención para rehabilitación de viviendas y zonas comunes de edificios colectivos

06/07/2017


El Ayuntamiento de Pilasinforma: el plazo para solicitarlo termina el 7 de agosto. Para solicitar más información o tramitar la solicitud, puedes dirigirte a la Oficina Técnica Municipal o al Centro de Servicios Sociales.

Las obras subvencionablesson: 

 a) La instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial, así como su adaptación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente.

b) La instalación o dotación de productos de apoyo tales como grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares.

c) La instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.

d) La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos.

- Su construcción debe haberse finalizado antes de 1981.

- Habrán de contar con el Informe de Evaluación del Edificio establecido en el artículo 29 de la Real Decreto Legislativo 7/2015, de30 de octubre. Su contenido se adecuará a lo establecido en el artículo 33.2 del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.

La presentación se hará por un representante de la comunidad de propietarios. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de la provincia donde se ubique el edificio objeto de la actuación, y se presentarán conforme a los modelos (Anexo I) que se publican conjuntamente con la Orden; más información en las publicaciones del BOJA que compartimos abajo.

Publicaciones en el BOJA. Visualiza y/o descarga los documentos pinchando sobre las siguientes fechas:

27 de junio de 2017

6 de julio de 2017

*Consejería de Fomento y Vivienda: http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda .