El Ayuntamiento reclamará la devolución del denominado "céntimo sanitario"

centimosanitario.jpg

El Ayuntamiento reclamará la devolución del denominado "céntimo sanitario"

14/03/2014

El Ayuntamiento de Pilas ha iniciado los trámites para reclamar el impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), llamado popularmente "céntimo sanitario". A tal efecto, se está recopilando toda la documentación necesaria para presentar la reclamación en la Agencia Tributaria, ya que nuestro Ayuntamiento dedica cada año una importante partida de los presupuestos al consumo de hidrocarburos destinado al funcionamiento de los servicios públicos municipales.

El Ayuntamiento reclamará la devolución del denominado “céntimo sanitario”

El Ayuntamiento de Pilas ha iniciado los trámites para reclamar el impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), llamado popularmente “céntimo sanitario”. A tal efecto, se está recopilando toda la documentación necesaria para presentar la reclamación en la Agencia Tributaria, ya que nuestro Ayuntamiento dedica cada año una importante partida de los presupuestos al consumo de hidrocarburos destinado al funcionamiento de los servicios públicos municipales.

El "céntimo sanitario" es un impuesto que fue incluido en la canasta fiscal en 2002 por el Gobierno de España. Es un impuesto que recae sobre el consumidor y que se aplica a los hidrocarburos, como gasolinas, gasóleo, fuelóleo y queroseno. Según estimaciones del propio Gobierno entre 2002 y 2011 se recaudaron por este concepto unos 13.000 millones de euros.

El tipo de gravamen del impuesto consta de dos tramos: uno estatal, aplicable en todas las Comunidades Autónomas y otro autonómico, cuya puesta en vigor debe ser acordada por cada región mediante ley de su Parlamento o Asamblea.

Los rendimientos derivados del impuesto se destinan a la financiación de gastos sanitarios orientados por criterios objetivos fijados en el ámbito nacional. Los recursos procedentes del gravamen autonómico también pueden destinarse a financiar actuaciones de carácter medioambiental.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sentencia de 27 de febrero de 2014, ha concluido que el "céntimo sanitario" contraviene la directiva europea de impuestos especiales —algo que se solucionó en 2013, en previsión de un varapalo como este— y que, entre otras cosas, no tenía una finalidad "específica" ligada al consumo de los hidrocarburos.

Esta sentencia ha abierto la puerta a reclamar lo recaudado indebidamente a través de este impuesto. Un impuesto que recauda el Gobierno central y que remite a las CCAA a través del modelo de financiación autonómica.

Por tanto, al ser una ley y un impuesto estatal, ha de ser el Gobierno Central el que tiene que asumir si procede la devolución, y tendría que ser la Agencia Tributaria Estatal la que estudie y haga efectiva las reclamaciones de quienes soliciten su devolución.