Se trata de un programa de ayudas dirigido a personas mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad y movilidad reducida o grandes dependientes que necesiten adaptar su vivienda habitual a sus necesidades especiales. Las solicitudes pueden recogerse y/o rellenarse y entregarse en la Oficina Técnica o en el Centro de Servicios Sociales hasta el 27 de julio. Descarga el modelo de solicitud AQUÍ.
ACTUACIONES
- Mejora de la seguridad y adecuación de la instalación de gas a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante, así como la dotación de elementos de fácil y segura manipulación.
- Instalación de alumbrado conmutado en el dormitorio u otro espacio de la vivienda que así lo requiera para la utilización por la persona solicitante.
- Mejora de la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante.
- Adecuación del ancho de puerta así como la eliminación de otras barreras arquitectónicas.
- En los cuartos de baño, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y griferías a las necesidades de la persona solicitante.
- Colocación de pasamanos en pasillos.
- Cualesquiera otras obras adecuación de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.
REQUISITOS
- Ser titular de la Tarjeta Andalucía-Junta 65 (dicha tarjeta haya sido solicitada antes de la presentación de la solicitud de la ayuda)
-Tener reconocido un grado de discapacidad de, al menos, el 40% y movilidad reducida.
- Tener reconocido un Grado de gran dependencia (Grado III).
- Ingresos de la unidad familiar menor a 2,50 veces el IPREM
- Residir de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de la adecuación.
Estos requisitos deben cumplirse desde la presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del periodo de justificación
- No haber obtenido otra ayuda para la adecuación funcional de la vivienda objeto de la actuación durante los tres años anteriores a la presentación de la solicitud.
- No haber iniciado las obras de adecuación funcional de la vivienda antes de la fecha de presentación de la solicitud
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
- 70% del presupuesto protegible.
- El máximo presupuesto protegible es de 2.000 euros pudiéndose incrementar en 600 € como gasto máximo de asistencia técnica.
Se entenderá preceptiva la asistencia técnica cuando, para otorgar la correspondiente licencia, se exija por el Ayuntamiento proyecto técnico o documento suscrito portécnico competente
PRESUPUESTO PROTEGIBLE
- Coste total de las obras, asistencia técnica y gastos de licencias de obras, permisos o tasas, en su caso
- Coste total de las obras: Presupuesto de ejecución material, beneficio industrial, gastos generales, IVA y tasas o tributos correspondientes a las obras
- Gastos de asistencia técnica: honorarios técnicos, IVA incluido, de redacción del proyecto técnico y dirección de obras, documentos técnicos, informes técnicos y certificados necesarios.
- Gasto realizado: Gasto efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
- NIF/NIE de la persona solicitante o del representante legal y documentación acreditativa de la representación o apoderamiento de la persona solicitante
- Tarjeta Andalucia-Junta 65
- Certificado acreditativo del 40% de grado de discapacidad y movilidad reducida
- Resolución que acredita su situación de dependencia en Grado III
- Certificado acreditativo del grado de discapacidad reconocida junto con las tarjetas de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida en Andalucía
- NIF/NIE de los miembros de la unidad familiar y documentación acreditativa de los ingresos de la unidad familiar
- Certificado del Padrón municipal de la persona solicitante y de las personas que residen en la citada vivienda
- Documentación acreditativa de encontrarse en el supuesto previsto en el artículo 23.2 de la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, o la pertenencia a un grupos de especial protección, a efectos de priorizar
- Documentación acreditativa de las situaciones especiales de la unidad de convivencia.
Los documentos serán copias auténticas o copias autenticadas.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
- Las obras deberán estar finalizadas en el plazo máximo de cinco meses desde el abono efectivo de la subvención
- Deberá comunicarse cualquier modificación de las condiciones que motivaron el reconocimiento de la ayuda que pueda determinar la pérdida sobrevenida del derecho de la ayuda.
- Prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida
FORMA DE PAGO
- Una vez entregadas las facturas de las obras realizadas
- El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta de la persona beneficiaria
- Las personas beneficiarias destinarán el importe íntegro de la ayuda al pago de las correspondientes actuaciones.
JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
- Los gastos se justificarán con facturas en copia auténtica o autenticada. Los justificantes originales presentados se marcarán con una estampilla
- En el plazo máximo de ocho meses desde el abono efectivo de la subvención
Cuando las obras realizadas afecten a los elementos de las instalaciones de gas o electricidad, la factura que se presente como justificación contendrá el desglose de las cantidades invertidas en los mismos, consignando los datos del instalador autorizado que las haya realizado.
- El importe de la documentación justificativa deberá corresponderse con el presupuesto aceptado de la actividad.