Estimados/as vecinos y vecinas:
La vivienda protegida se regula en la Comunidad Autónoma de Andalucía por la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo.
Se define la vivienda protegida como aquella que cumple las condiciones de uso, destino, calidad, precio de venta o alquiler y, en su caso, superficie y diseño, establecidas en la normativa de vivienda y se califique como tal por la Consejería competente en materia de vivienda.
Las viviendas protegidas se destinan a familias con recursos económicos limitados que reúnen los requisitos que, tanto para la composición de la unidad familiar como para la cuantía y determinación de los ingresos familiares, se establecen en los diferentes programas de los Planes de Vivienda y Suelo.
La selección de las personas a las que van destinadas las viviendas protegidas se realizará respetando los criterios recogidos en la Ordenanza Municipal de Pilas .
El Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas del municipio de Pilas, es el instrumento de titularidad municipal de carácter público, obligatorio y gratuito, que:
- Proporciona información actualizada sobre necesidades de vivienda, permitiendo al ayuntamiento adecuar su política municipal de vivienda.
- Establece los mecanismos de selección para la adjudicación de las viviendas protegidas en el municipio, tanto de iniciativa pública como privada.
Por tanto, para ser adjudicatario/a de una Vivienda Protegida, ya sea en compra o en alquiler, será necesaria la inscripción en el Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas, previa solicitud de inscripción.
Más información/solicitudes (pinchar sobre cada enlace para descargar):
· Ordenanza Registro Público Municipal de Vivienda Protegida.
· Hoja de Solicitud.
· Criterios de Adjudicación de vivienda protegida.
*Inscríbete ya en el Registro Público Municipal de VPO, para poder participar en la adjudicación de nuevas viviendas en nuestra localidad próximamente* . Para más información no dudes en ponerte en contacto con la Oficina del Registro de Vivienda del Ayuntamiento de Pilas, sita en la Oficina Técnica Municipal, de lunes a viernes de 11.00 a 14.00 horas.